La sentencia señala que P.S., que se alojaba, como la pareja de novios, en el mismo establecimiento, "se introdujo sigilosamente por la ventana en la habitación en la que éstos dormían". Y añade que "aprovechando que no podían apreciar su presencia, P.S. se bajó los calzoncillos y se metió en la cama encima de ella, que, dormida, pensó que se trataba de su novio, comenzando aquél a besarla y manosearla por todo el cuerpo".
Afirma también el Juzgado que al despertarse el novio y advertir la presencia del acusado encima de su novia le preguntó que quién era, "momento en que P.S., tras subirse los calzoncillos, salió corriendo de la habitación, siendo perseguido por aquél hasta la habitación en la que se encerró".
Señala igualmente la sentencia que "en este caso, no existe motivo alguno que permita inferir la existencia de móviles espurios de resentimiento, enemistad, venganza, etc., pues consta por manifestaciones tanto del acusado como de la denunciante que no se conocen de nada".
Y añade que "no se puede sospechar de la existencia de interés lucrativo alguno", por lo que considera verosímiles las declaraciones de la pareja de novios, aunque el acusado se declarara inocente.








