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La Empresa Municipal de la Vivienda, (Vuranda), funcionó entre los años 2004 y 2016. Avelino Gómez
Desestimada la demanda del gerente de Viranda sobre la rescisión de su contrato

Desestimada la demanda del gerente de Viranda sobre la rescisión de su contrato

El fallo de los tribunales, como se preveía en el Ayuntamiento, sigue la misma línea del emitido sobre el despido del arquitecto y uno de los auxiliares

Viernes, 18 de agosto 2017, 22:05

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Después de que en los últimos días del mes de julio se conociera que el Juzgado de lo Social número 1 daba la razón al Ayuntamiento en lo referente al despido del arquitecto y uno de los auxiliares de la extinta Viranda (Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo), al considerar objetivo el despido de ambos empleados, se estaba esperando el fallo relacionado con la rescisión del contrato del que fuera gerente de la entidad.

Una vez conocida la primera de las resoluciones fue Laura Torres –ejercía en esos días como alcladesa en funciones–, quien apuntaba que se esperaba que la que quedaba pendiente «vaya por el mismo camino».

Y es ahora, tras haberse emitido el fallo cuando se ha podido conocer que también el Juzgado de lo Social número 3 de Burgos ha hecho valoraciones similares a la hora de emitir la nueva sentencia. Da la razón al Consistorio y desestima la reclamación presentada por el gerente cuando se dejó de contar con sus servicios.

En esta ocasión la demanda presentada por el trabajador que realizaba las tareas de gestión desde noviembre de 2004 también se planteó la solicitud de considerar su despido como improcedente;petición que ha sido desestimada.

La justicia considera que no ha lugar a esa consideración porque la rescisión del contrato fue una consecuencia directa del cese de actividad de Viranda en diciembre del pasado año.

La resolución judicial fundamenta su fallo indicando literalmente que «estamos ante el cese del actor por el desistimiento del empleador, lo que equivale a que la empresa no tiene que dar razones para llegar a esa decisión, con lo cual no estamos ante un despido improcedente, como se pretende, sino ante un mero desistimiento del empleador».

Ahondando en este razonamiento la titular del Juzgado de lo Social número 3 de la capital de la provincia, reitera que «la extinción de la relación laboral no es por causa objetiva sino por libre desistimiento del empresario».

Y es por esta razón por la que no se puede considerar que haya habido improcedencia en la decisión adoptada desde el Ayuntamiento en el momento en el que se dejó de contar con los trabajadores, incluido el gerente, al extinguir la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo.

También se pone de manifiesto en la sentencia que ya está en poder de las partes que el cese de actividad, la decisión de extinguir Viranda se ajusta a derecho, y se considera «correcta la indemnización abonada».

Al igual que ocurriera después de emitirse el fallo de la primera sentencia, se ha notificado a las partes que no es firme puesto que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Habrá que esperar

Después de que el camino judicial emprendido por parte de los trabajadores afectados por la desaparición de Viranda haya alcanzado ya su primera etapa, habrá que esperar todavía para conocer la resolución final puesto que tanto el gerente, como los otros dos empleados que ya saben que el primer fallo fue contrario a sus intereses, han anunciado que se acogerán al derecho de recurrir.

Se han presentado los correspondientes suplicatorios y habrá que esperar por lo tanto todavía algún tiempo para que se cierre el que se supone será ya el último capitulo de la andadura de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo que se extinguió hace ocho meses.

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