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Las acusadas, junto a su abogado,durante la lectura del veredicto, ayer en la Audiencia.
El jurado declara culpables a las dos mujeres acusadas de allanamiento

El jurado declara culpables a las dos mujeres acusadas de allanamiento

Los nueve miembros, por unanimidad, favorables a que no entren en prisión; el fiscal reduce a la mitad su petición (dieciocho meses para cada una)

EFE

Sábado, 16 de julio 2016, 02:29

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El jurado popular del juicio contra dos acusadas de ser las presuntas autoras de allanamiento de morada emitió ayer su veredicto, en el que, por unanimidad, les declara culpables de este delito ocurrido entre octubre y noviembre de 2014 en Logroño.

El fiscal pedía inicialmente una pena global de seis años de cárcel y multa de 13.300 euros para ambas acusadas madre e hija y la indemnización conjunta a la víctima en 3.000 euros por daños morales.Esta petición ha quedado reducida al pago conjunto de 3.000 euros de indemnización a la víctima y en 36 meses de cárcel (18 meses cada acusada), aunque, al ser una pena inferior a dos años, el Ministerio Público se declaró «favorable» a suspender la privación de libertad.

Esta reducción en las penas solicitadas por el fiscal se produjo por la valoración que hizo el jurado popular que, en su veredicto, consideró desfavorables todos los hechos relacionados con las supuestas amenazas o vejaciones de las que se les acusaba hacia la víctima.

Por ello, el allanamiento de morada aplicable pasa de ser de tipo cualificado a tipo básico y, por lo tanto, el Ministerio Público retiró la multa conjunta de 13.300 euros y los seis años de prisión solicitados.De esta forma, el veredicto establece que cada acusada se enfrenta a una pena de entre 6 y 18 meses de prisión, por lo que pidió al presidente del tribunal que se suspenda la pena privativa de libertad, además de tener que abonar a su víctima 3.000 euros en concepto de indemnización por daños morales.

La defensa pidió la pena de prisión mínima, que consiste en seis meses de prisión, y apeló a la precaria situación económica de las condenadas para solicitar que, respecto a la indemnización, «se les imponga como responsabilidad civil la menor cantidad de dinero posible».

El caso juzgado se remonta a septiembre de 2014, cuando la víctima, de 53 años, se desplazó a vivir a Logroño para cuidar a un familiar enfermo, para lo que alquiló un piso, para lo que contrató a la madre acusada, que se ofrecía como especialista en geriatría.Dos días después, según se explicó en el juicio, esta acusada pidió permiso al familiar del enfermo para que su hija segunda acusada pudiera también vivir en este piso, donde la denunciante las empadronó.

El víctima, según el fiscal, estimó que la acusada no desempeñaba el trabajo a su entera satisfacción y decidió dar por no superado el período de prueba pactado, por lo que le comunicó que abandonara el domicilio (aunque el jurado popular no reconoció la existencia de ese período de prueba).El fiscal sostiene que le abonó 260 euros, cuantía que esta acusada negó en el juicio haber recibido, en lo que también coincidió el jurado.

Las acusadas pidieron quedarse más tiempo en contra de la opinión de la denunciante, que denunció ante la Policía que recibió amenazas (que tampoco consideró el jurado), lo que motivó la detención.El jurado popular consideró que la acusación de la víctima ante la Policía fue «infundada» en lo relativo a un delito de allanamiento de morada.

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