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Sergi Enrich abandona el Palacio de Justicia de Eibar acompañado de su letrado el día que prestó declaración. F. MORQUECHO
La jueza de Eibar procesa a los futbolistas Luna, Enrich y Silvestre por el vídeo sexual

La jueza de Eibar procesa a los futbolistas Luna, Enrich y Silvestre por el vídeo sexual

Considera que existen indicios de que grabaron y difundieron imágenes sin el conocimiento y sin el permiso de una joven

A. LERATE

Jueves, 7 de junio 2018

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El futbolista Sergi Enrich y los también antiguos jugadores del Eibar Antonio Luna y Eddy Silvestre han sido procesados por su presunta implicación en la grabación y difusión en las redes sociales de un vídeo de contenido sexual sin el conocimiento ni autorización de la joven con la que se hallaban. La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la ciudad armera concluye que existen «indicios» de que la actuación de los tres encausados es, en apariencia, constitutiva de un delito contra la intimidad. La autoridad judicial considera que dos de los encausados y entonces jugadores del Eibar, Enrich y Luna, actuaron de común acuerdo para grabar en vídeo las relaciones sexuales que mantenían con la mujer. Los investigados podrían enfrentarse a penas de entre dos y cinco años de prisión, según indican fuentes jurídicas.

La juez de Eibar ha dado por concluida la investigación que ha realizado en el último año y medio. Sus conclusiones han quedado reflejadas en el auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado, antes conocido como auto de procesamiento. Se trata de una resolución que da por terminada la fase de instrucción y abre la puerta a que las partes soliciten la apertura de juicio oral y formulen sus escritos de calificación.

Vídeo sexual viral

Las imágenes de contenido sexual fueron obtenidas en abril de 2016, aunque se difundieron en octubre del mismo año. Fueron grabadas por Antonio Luna con el móvil de Sergi Enrich. El vídeo identifica a los dos futbolistas, que entonces jugaban en el Eibar, así como a la joven que estaba con ellos y que, de acuerdo al contenido del auto de procesamiento, en ningún momento dio su consentimiento para se grabaran las relaciones sexuales que mantenían y, además, según destaca asimismo la juez, desconocía siquiera que se estuviera captando imágenes. Incluso, detalla la resolución que cuando en un momento dado la joven se percató de que Luna cogía un teléfono móvil, le instó a que no grabara.

En el auto, la jueza Verónica García relata que en una fecha anterior a la primera semana del mes de octubre de hace dos años, Enrich y Luna difundieron las imágenes del vídeo a su entorno de amigos más cercanos y, de nuevo, sin que la víctima tuviera conocimiento del hecho ni tampoco hubiese dado su autorización.

Una de las personas que recibió el vídeo fue el también investigado Eddy Silvestre, que por entonces jugaba en el Cádiz, en Segunda División, si bien la temporada anterior había militado también en la S.D. Eibar. El auto judicial considera que Silvestre, aun cuando era conocedor de las circunstancias en las que habían obtenido las imágenes, -sin que la chica lo supiera ni lo hubiese permitido- las difundió masivamente hasta el extremo de que llegaron a hacerse virales. Fue entonces cuando la víctima, que en el proceso ejerce la acusación particular y está representada por el letrado Iñigo Iruin, tuvo conocimiento de lo sucedido.

Indicios sólidos

Fuentes consultadas señalan que los indicios que pesan sobre los investigados son sólidos y están basados en pruebas objetivas. En este sentido, la carga probatoria, que se sustenta tanto en vídeos como en audios, no deja lugar a dudas de la presunta autoría. De esta forma, las citadas fuentes indican que no existen dudas respecto a que el vídeo fue grabado por Luna con el móvil de Enrich, y que estos dos lo enviaron a tercera personas, entre ellas a Silvestre. Asimismo, se ha podido constatar que este último lo difundió de forma masiva.

La juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Eibar considera que los hechos descritos son aparentemente constitutivos de delitos contra la intimidad, con una doble conducta, una por haber efectuado la grabación sin el consentimiento de la joven y otra por su difusión. Indiciariamente, los jugadores del Eibar entonces Luna y Enrich serían presuntos autores de un ilícito de descubrimiento y revelación de secretos relativo a «datos de carácter personal que revelan vida sexual», en tanto de Eddy Silvestre sería imputado solo por la revelación de «datos de carácter personal que revelan vida sexual».

La resolución dictada por el juzgado de Eibar es susceptible de ser impugnada, mediante la interposición de un recurso de reforma ante el mismo órgano judicial, o bien directamente en apelación ante la Audiencia Provincial.

Si, como parece indicar, la Audiencia confirma el procesamiento de los tres investigados, la causa entraría en una nueva fase en la que la siguiente actuación será dar traslado de las diligencias a las partes acusadoras para que soliciten la apertura del juicio oral y formulen sus escritos de imputación, con carácter provisional. En ellos, el representante del ministerio fiscal asignado a este caso como el abogado Iñigo Iruin solicitarán para cada encausado la pena privativa de libertad que estimen acorde con los hechos, a la vez que pedirán una cuantía indemnizatoria para resarcir el grave perjuicio y daño ocasionado a la víctima por la grabación y difusión del vídeo grabado por los jugadores del Eibar en aquellos días.

Los investigados se enfrentan a penas que, en su tipo básico, oscilan de uno y cuatro años, aunque dadas las circunstancias que concurren, cabría incluso la aplicación del tipo agravado, con lo que se les podría imponer la pena en la mitad superior, es decir de tres años y medio a cinco, toda vez que afecta a datos relacionados con la vida sexual de las personas.

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