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Gabriel Inclán fue consejero de Sanidad entre 1999 y 2009.
El Tribunal Superior anula por ilegal la concesión de una jefatura en Cruces al exconsejero Inclán

El Tribunal Superior anula por ilegal la concesión de una jefatura en Cruces al exconsejero Inclán

La sentencia confirma que hubo irregularidades en el proceso de selección del exresponsable de Sanidad del Gobierno vasco y ordena repetirlo

María José Carrero

Miércoles, 14 de octubre 2015, 01:27

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El exconsejero de Sanidad Gabriel Inclán tendrá que abandonar la plaza de jefe de sección de Medicina Interna del Hospital Universitario de Cruces. Así lo ordena una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que se conoció ayer mismo. El fallo reafirma la anulación del nombramiento que, la pasada primavera, realizó el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao, una decisión que fue apelada por Osakidetza. Ahora el Alto Tribunal zanja la discusión y respalda sin fisuras la demanda interpuesta por otro facultativo del mismo servicio a través del abogado del Sindicato Médico de Euskadi (SME), Carlos Zárate Ortiz de Urbina. Se da la circunstancia de que este médico se jubiló en agosto.

Gabriel Inclán fue consejero de Sanidad durante una década. Su salida se produjo en mayo de 2009, a raíz de la llegada del PSE al Gobierno vasco. Un año después se reincorporó a su puesto de internista en Cruces. Inclán retornó así a su antiguo centro de trabajo, del que había salido en 1997, cuando era director médico del hospital, para ocupar diferentes cargos en la Administración.

En octubre de 2013, diez meses después de que el PNV recuperase el poder, Osakidetza convocó un concurso para cubrir la jefatura de la sección de Medicina Interna de Cruces. Concurrieron Inclán y el médico a la postre denunciante. El puesto fue para el exconsejero. El segundo recurrió la decisión por la vía administrativa. Al no obtener respuesta positiva, decidió pleitear.

Al igual que ocurrió en primera instancia, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV considera que la adjudicación de la plaza al exconsejero no fue ajustada a derecho. En su fallo, en el cual ha sido ponente el magistrado Luis Ángel Garrido Bengoetxea, sostiene que se cometieron varias irregularidades en el transcurso del proceso. Entre otras, figura el incumplimiento de «los principios de transparencia y publicidad» que deben regir una convocatoria de estas características. Asimismo, se reafirma que Osakidetza cometió defectos en la composición del tribunal calificador ya que en él no participó ningún miembro de Instituto Vasco de Administración Pública, como es preceptivo. En definitiva, de la lectura del fallo puede deducirse que el Servicio Vasco de Salud dio una jefatura a dedo al exconsejero. Por ello, la Justicia ordena «repetir el proceso selectivo».

Ante esta segunda sentencia, la reacción de la dirección de Osakidetza fue inmediata. Pocas horas después de conocerse el fallo judicial, emitió un comunicado para informar de que lo acata y que convocará un nuevo concurso. La única satisfacción que le queda tras el segundo mazazo es que, sorprendentemente, no tendrá que pagar costas.

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