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Tomás Miguel Madina Echevarria.
Absuelto el etarra acusado de planear un atentado contra Patxi López

Absuelto el etarra acusado de planear un atentado contra Patxi López

La Audiencia Nacional considera que no hay pruebas que involucren a 'Basurde', pero le condena a siete años de prisión por pertenencia a ETA

Mateo Balín

Miércoles, 27 de abril 2016, 17:36

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La Audiencia Nacional ha absuelto al etarra Tomás Miguel Madina Echevarria de planear un atentado contra el exlehendakari Patxi López y su consejero del Interior, Rodolfo Ares, en junio de 2010. La Sala de lo Penal considera que no hay pruebas suficientes para condenar a 'Basurde' por el intento de asesinar con un fusil de mira telescópica a los dirigentes socialistas, aprovechando un acto de homenaje en Bilbao con motivo del primer aniversario del asesinato del policía Eduardo Puelles.

En cambio, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Penal consideran acreditado que el acusado es, al desde menos 2008 y hasta su detención el 10 de junio de 2014, miembro integrante legal de ETA, siendo conocido con los alias de Basurde, Basu, Bas y Bsd.

Con tales denominaciones aparece en diversas agendas de dirigentes y miembros de comandos armados de ETA, en las que se establecían citas con él para realizar cursillos de adiestramiento e instruirle sobre distintos aspectos de la actividad terrorista.

Del análisis de las anotaciones recogidas en las agendas se ha podido constatar, dicen los jueces, que los cuatro alias mencionados hacen referencia a la misma persona, que se corresponden con un miembro "legal" de ETA al que la organización presta especial interés, ya que aparece en las anotaciones en solitario y en agendas de significados miembros de la banda, a efectos de quedar con él para instruirle sobre las tácticas que ETA imparte a sus militantes. Por este motivo, le condena por pertenencia a organización terrorista a siete años de prisión y no a los 40 que pedía la Fiscalía.

Ni subió al monte ni era tirador selecto

Respecto a la absolución por planificar el asesinato del actual presidente del Congreso y Rodolfo Ares, la sala considera, tras analizar la prueba practicada, que en modo alguno se ha probado la participación del acusado en los actos criminales (...) que se le vienen atribuyendo".

Al respecto, explica que las declaraciones de los etarras Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarría sobre las instrucciones y citas encomendadas por el dirigente de ETA Mikel Kabikoitz, 'Ata', para que se reunieran en el monte Ganekorta en dos domingos de marzo de 2010 para organizar el atentado y a las que no acudió nadie, no nos lleva al acusado, puesto que en ningún momento se le ha observado en esos días subir a dicho monte en busca de aquellos miembros del 'comando Otazua'.

Además, subrayan que las características dadas por Ata para que supieran que estaban en presencia de la persona con la que iban a reunirse no coinciden en esencia con las del acusado. Tampoco se ha acreditado, señalan los jueces, que el acusado sea un tirador selecto, como dijo la Guardia Civil.

En referencia a las pruebas periciales practicadas, el tribunal sentencia que resultó evidente la falta de pruebas relacionadas con las armas y demás elementos vinculados con éstas y que fueron incautadas al acusado.

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