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Melchor Sáiz-Pardo
Miércoles, 18 de noviembre 2015, 10:31
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Sí es legal condecorar a una imagen religiosa si con ello lo que se pretende es reconocer en su figura a un ente con personalidad jurídica, como en este caso era una cofradía. Esa es, en síntesis, la tesis de la Audiencia Nacional que, por ...
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