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Varias personas, en las instalaciones.
Bilbao Kirolak incorpora sanciones ante agresiones sexistas en su nuevo reglamento

Bilbao Kirolak incorpora sanciones ante agresiones sexistas en su nuevo reglamento

Además, se ha eliminado la utilización del masculino como genérico en la redacción del documento, para pasar a emplearse los términos 'personas abonadas'

europa press

Lunes, 2 de enero 2017, 16:44

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El nuevo reglamento de Bilbao Kirolak, documento que entró en vigor este pasado 1 de enero en sustitución del anterior aprobado en 2006, incorpora la perspectiva de género en su articulado y fortalece la autoridad del personal deportivo, a la vez que contempla sanciones ante agresiones sexistas, anteriormente no previstas, según ha informado el Ayuntamiento bilbaíno.

El nuevo reglamento del organismo municipal tiene como objetivo primordial promover la práctica deportiva en la Villa, según la premisa de que el deporte «contribuye al desarrollo integral de la persona», ha indicado el Consistorio.

Este documento contiene una actualización y adecuación de las normas de uso y funcionamiento de las instalaciones deportivas municipales. Entre las principales novedades, se incluye la incorporación de la perspectiva de género, mediante la eliminación del lenguaje sexista en todas las instalaciones deportivas municipales, la consideración de las agresiones sexistas en el régimen sancionador y el fortalecimiento de la autoridad del personal deportivo.

Concretamente, Bilbao Kirolak en su redacción ha optado por utilizar un lenguaje más inclusivo y eliminar la utilización del masculino como genérico. 'Personas abonadas' y 'personas usuarias' serán los términos que sustituyan en este reglamento a los términos que prevalecían en textos anteriores.

También se actualiza el régimen sancionador para incorporar comportamientos sancionables anteriormente no previstos como las agresiones sexistas, de tal modo que se equiparan las situaciones en las que la víctima sea una usuaria, una trabajadora de Bilbao Kirolak o de una de las empresas contratadas. Asimismo, se amplía la edad para poder hacer reservas inmediatas de instalaciones a partir de los 10 años, y se incluye la adaptación a la Ley 1/2006 de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodepencias.

Piscinas municipales

El nuevo reglamento reconoce mayor autoridad al personal para corregir comportamientos indebidos, control de aforos o para dictaminar el cierre de acceso a la piscina por limitación de aforo. De hecho, por motivos de seguridad, los responsables de las instalaciones tendrán la capacidad de desalojar cuantas personas consideren necesario, cuando se esté alcanzando el aforo máximo permitido.

Asimismo, el texto incorpora la obligatoriedad del uso de gorro en las piscinas, eliminado, por razones higiénico-sanitarias, el carácter opcional que establecía la anterior regulación.

Respecto a los menores no acompañados, se rebaja de 14 a 12 años la edad de acceso autónomo a las piscinas, es decir, sin acompañamiento de personas adultas. Esta exigencia sí se mantiene para niños y niñas de entre 7 y 11 años, y los menores de 7 años deberán acudir a las piscinas infantiles con acompañamiento adulto. En cuanto a los niños menores de 5 años podrán acceder a las piscinas y al resto de instalaciones deportivas municipales de forma gratuita.

Régimen disciplinario

El nuevo reglamento recoge protocolos ante situaciones de violencia extrema, que incluyen el maltrato verbal o físico a otras personas, tanto a personal al servicio de Bilbao Kirolak como a personas usuarias y acompañantes.

El articulado recoge sanciones que van desde la expulsión de un día hasta cinco años de todos los espacios deportivos municipales en caso de infracciones por utilización inadecuada de las instalaciones o de convivencia, conducta inadecuada o fraudulenta en cursos deportivos, por fraude en el derecho a la reserva de las instalaciones o por infracciones consideradas muy graves en el reglamento.

Entre las infracciones graves se encuentran el consumo o tráfico de sustancias ilegales, hurto o robo, agresión o acoso, comercio con el título de persona abonada, conductas que impidan la utilización de instalaciones o el desarrollo de cursos, y situaciones de maltrato físico o verbal.

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