El Tribunal Supremo avala la reducción de los salarios aplicada por el Gobierno vasco a los trabajadores de las sociedades públicas en aplicación de las medidas de ajuste aprobadas a mediados de 2010 por el Gobierno de Zapatero. La sentencia desestima el recurso de casación de ELA y reconoce a las leyes la capacidad para modificar un convenio colectivo.
La resolución tiene su origen en un recurso interpuesto por el sindicato nacionalista contra la reducción de los salarios y las aportaciones a planes de pensiones de los trabajadores del ente Euskal Irrati Telebista (EITB), pero la doctrina que emana de su contenido afecta al conjunto de funcionarios y trabajadores públicos.
Entre otras cosas, la sentencia rechaza que la disposición constitucional que reconoce la fuerza vinculante del convenio colectivo suponga que dichos convenios sean «intangibles o inalterables. Es el convenio colectivo el que debe someterse a las leyes y normas de mayor rango jerárquico y no al revés, porque así lo impone el principio de jerarquía normativa».
Es decir, el Tribunal Supremo sostiene con claridad que las retribuciones salariales directas y diferidas pactadas en un convenio colectivo pueden ser cambiadas con posterioridad a través de una ley y ratifica de esta forma el fallo dictado el pasado 8 de febrero de 2011 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en el mismo sentido.
En su recurso, ELA negaba el argumento esgrimido por la Administración de la urgencia de la medida. Además, alegaba la violación del derecho a la negociación colectiva y la libertad sindical, la no aplicación de ajustes a empresas públicas de gestión privada como EITB, la preeminencia del convenio colectivo a la reforma de los Presupuestos de Euskadi y la extralimitación competencial del Parlamento vasco al aprobarla.
La sentencia rechaza todos estos argumentos y considera en primer lugar un «hecho notorio» la urgencia de adoptar medidas que redujeran el déficit público y tranquilizaran a los mercados financieros para evitar una posible situación de quiebra del Estado.