El comité de garantías de IU ha dado la razón a los nueve miembros de la dirección de Ezker Batua que fueron expulsados por el sector afín a Javier Madrazo en mayo de 2010. Los exrepresentantes del consejo político solicitaron el arbitraje del organismo federal, que protege los derechos de los afiliados y dirime los conflictos internos, al considerar que la decisión de defenestrarles vulnera la «democracia interna» de la formación de izquierdas.
La comisión ha aprobado un informe que, además de establecer una serie de recomendaciones, censura las prácticas empleadas en EB para controlar a los dirigentes. A saber: antes de acceder a sus cargos internos los miembros del consejo político -que es el órgano de gobierno del partido- deben firmar una «dimisión sin fecha» que la cúpula puede hacer efectiva en cualquier momento. Por ejemplo, cuando algún dirigente toma una decisión propia que no es avalada por el sector dominante. En este caso, la renuncia se hizo efectiva por la corriente 'madracista', que tenían los documentos en su poder, por pérdida de confianza. La parte crítica del partido relacionó el movimiento con un intento de Madrazo de «seguir controlando» la coalición a pesar de haber renunciado al cargo de coordinador.
Los afectados recurrieron entonces a una doble vía para denunciar la «gravedad» de la situación. Por un lado, protestaron ante la comisión de garantías de EB, que avaló su expulsión. Una decisión que los afectados juzgaron «parcial» y de parte». Además, presentaron un recurso ante un juzgado de primera instancia de Bilbao, que dictó que la obligación de firmar la dimisión anticipada se ajusta a la legalidad. Los militantes acudieron entonces al comité federal de IU. Este organismo recurre a sentencias del Tribunal Constitucional para recalcar que los políticos elegidos para formar parte de las instituciones no pueden ser revocados por sus partidos mientras dure su mandato. En este sentido, destaca la «plena libertad» de los representantes ya que en teoría, una vez elegidos, «representan a todo el colegio electoral y no sólo a ciertos grupos de militantes o a sus electores».
«Fuga del escaño»
A este respecto, el dictamen de la comisión subraya que en los «estatutos de algunos partidos» se ha intentado reforzar la «disciplina interna» de los candidatos obligándoles a firmar «un escrito de dimisión sin fecha» que, una vez que resultan elegidos, permanece en poder de la formación «de modo preventivo». Esta práctica persigue evitar la denominada «fuga del escaño». Sin embargo, «vulnera abiertamente» la «prohibición constitucional del mandato de partido». Según las fuentes jurídicas consultadas, estas limitaciones a la influencia de los partidos en la vida parlamentaria no se pueden aplicar legalmente a nivel de funcionamiento interno.
Más allá de este «vacío legal», la comisión de garantías federal subraya que, si se «extrapolan» ambos campos de actuación, las prácticas llevadas a cabo en EB en este ámbito son «contrarias» a la teoría política que «independiza al representante de las instrucciones» de su partido «durante su actuación parlamentaria». Y concluye que «no es admisible» en Izquierda Unida la «utilización de documento alguno que cercene, limite e incluso revoque el mandato representativo». Además, reclama que, «una vez elegidos», los miembros del consejo político puedan ejercer su papel en la dirección del partido «sin más límite que la que dimane de los Estatutos» y de las decisiones que «legítimamente» se han adoptado en su seno».
El «dictamen-recomendación» de la comisión de garantías ha sido aprobado con 5 votos a favor, 3 en contra y una abstención. En este sentido, también se han emitido unos votos particulares que discrepan del texto. Entre otros argumentos, en estos documentos se apunta que el órgano federal «no es competente» para dirimir un conflicto que ya ha sido revisado por el comité competente de Ezker Batua.