Juan José Ibarretxe deberá rendir cuentas ante la Justicia, en una situación que nunca ha tenido que afrontar un lehendakari, por haberse entrevistado con miembros de la ilegalizada Batasuna. El Tribunal Superior del País Vasco ha decidido seguir adelante con la querella que interpuso el Foro Ermua contra Ibarretxe por la reunión que mantuvo, el pasado 19 de abril en la sede de la Presidencia en Vitoria, con una delegación de la formación abertzale integrada por Arnaldo Otegi, Pernando Barrena y Juan Joxe Petrikorena. En la práctica, eso significa que Ibarretxe tendrá que prestar declaración ante el TSJPV por un presunto delito de desobediencia, tipificado en el artículo 556 del Código Penal y castigado con entre seis meses y un año de prisión.
El auto del Tribunal, con fecha del martes, retrotrae a otra causa de campanillas de reciente recuerdo -la imputación contra el entonces presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, por negarse a disolver el extinto grupo de Sozialista Abertzaleak- y traslada al terreno judicial una controversia que permanecía de momento en el político: las consecuencias de entrevistarse con la ilegal Batasuna, reconocida como interlocutora en el proceso de paz por todos los partidos, salvo el PP. A partir de ahora, el magistrado instructor -Roberto Sáiz- investigará si los cuatro reunidos desobedecieron la sentencia de ilegalización del Supremo: los tres representantes de Batasuna como presuntos autores y el lehendakari, como eventual cooperador necesario.
Todos ellos están abocados a ser interrogados por el Tribunal, posiblemente antes de final de año. El artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé el privilegio para los presidentes autonómicos de declarar por escrito, pero siempre que sean citados como testigos y no como imputados. Sólo una interpretación flexible de la norma por parte del instructor evitaría a Ibarretxe el trance de tener que personarse en el Palacio de Justicia de Bilbao, una imagen tan inédita como la que protagonizó Atutxa hace casi tres años. El lehendakari se enteró de la decisión judicial mientras celebraba una ronda de contactos con ELA, Gesto y Lokarri sobre el proceso de paz.
El auto divulgado ayer -seis folios de los que ha sido ponente el máximo responsable del TSJPV, Fernando Ruiz Piñeiro- tiene su origen en la querella del Foro Ermua y en los sucesivos recursos a los que ha dado lugar. El Tribunal admitió a trámite en junio la denuncia por dos de los presuntos delitos atribuidos al lehendakari: el de desobediencia del artículo 556 del Código Penal -equiparable, aunque más gravoso, que el 410 que se le imputó a Atutxa-, por posible vulneración del veredicto del Supremo que ilegalizó a Batasuna en 2003; y el de quebrantamiento de medida cautelar, en referencia al auto del juez Grande-Marlaska por el que prolongó, en enero, la suspensión de actividades del partido abertzale impulsada en 2002 por Garzón.
La admisión a trámite provocó, por una parte, la oposición de la Fiscalía, que esgrimió como argumento la resolución del propio Garzón del pasado 5 de julio por la que autorizó la histórica entrevista entre el PSE y Batasuna. Y, por otro, tres recursos: dos de súplica, elaborados por los servicios jurídicos de Gobierno vasco y la defensa de los miembros de Batasuna, y un tercero del Foro Ermua que volvía a intentar incluir entre las acusaciones contra el lehendakari la de prevaricación. En su auto, la Sala de lo Civil y Penal desestima buena parte de las impugnaciones, niega que deba mediar requerimiento para cumplir la ley y abre, en consecuencia, la instrucción por presunta desobediencia.
Votos particulares
No obstante, el Tribunal aligera las acusaciones al retirar la de quebrantamiento de medida cautelar apoyándose, precisamente, en la autorización por parte de Garzón de la cita PSE-Batasuna. Según su interpretación, que podría repercutir sobre otras denuncias presentadas contra ese encuentro, los razonamientos del juez de la Audiencia Nacional «matizan, puntualizan o perfilan» el alcance de la suspensión de actividades de la formación ilegal impuesta por él mismo y afectan a entrevistas previas como la de Ibarretxe con Otegi. En aquella resolución, Garzón negaba que puedan prohibirse iniciativas «a priori» si no se tiene constancia de que sean para delinquir y precisaba que la proscripción no significa que no se pueda dialogar con miembros de Batasuna; lo contrario, incidía, haría «inviable» los contactos con ETA.
Tres de los integrantes de la Sala de lo Penal -Ruiz Piñeiro, Saiz y Antonio García- han apoyado proseguir con la querella, aunque el último ha emitido un voto particular en el que cuestiona el «efecto» conferido al auto de Garzón de julio y reitera que existen «indicios» de quiebra de medida cautelar. La cuarta magistrada, Nekane Bolado, también ha protagonizado un voto discrepante, aunque por motivos radicalmente contrarios: rechaza de nuevo que Ibarretxe pretendiera «burlar» las decisiones judiciales e insiste en que el hecho de que Batasuna lo sea «no convierte en ilegal» reunirse con ellos.