Así lo ha acordado el pleno de la Sala de lo Penal del Supremo que, por mayoría de 12 a 3, ha decidido estimar el recurso de Parot contra la decisión de la Audiencia Nacional de rechazar la acumulación en una sola condena de treinta años de las veintiséis penas de prisión que le fueron impuestas por delitos cometidos entre 1978 y 1990.
Según fuentes del Alto Tribunal esta decisión de no aplicar las redenciones sobre la pena acumulada no supone un cambio en el criterio de aplicación de las redenciones de pena, ya que no existe una línea jurisprudencial consolidada, sino que es la primera vez que el Supremo fija un criterio al respecto. El referido penado cumplirá sucesivamente sus responsabilidades penales con la expresada limitación, de modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad.
Hasta ahora, las redenciones de pena se aplicaban sobre el límite máximo de cumplimiento, de 30 años. Fuentes del Supremo han indicado que su resolución no supone un cambio de criterio y han añadido que hasta el momento no había una línea jurisprudencial consolidada, sino sentencias sueltas relativas a la aplicación de las redenciones de pena.
Este criterio será de aplicación para otros etarras que estén en una situación similar a la de Parot . La decisión del Pleno fue adoptada por mayoría de 12 a 3 y en los próximos días se hará pública la sentencia y los votos particulares anunciados por los magistrados discrepantes.
Críticas de Azkarraga
Antes, el consejero vasco de Justicia, Joseba Azkarraga, había señalado que "lo más lógico" es que el Tribunal Supremo (TS) ratifique en su reunión de hoy la decisión de sus fiscales de aceptar el recurso del etarra Henri Parot para la acumulación de penas. Azkarraga ha afirmado que "no se puede plantear la reforma de leyes a la carta".
Por un lado, porque a su entender estamos en un tiempo "nuevo y positivo", pero también porque se debe "respetar" la ley con la que una persona fue condenada en su momento. "Lo que no es de recibo es que un ministro intente construir pruebas nuevas, ni que haya jueces que intenten forzar la acumulación de penas para que cumplan más tiempo de cárcel. No se pueden forzar las leyes simplemente para que haya gente que continúe en prisión después de haber cumplido las condenas", ha manifestado.