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Condenados a 31 años los miembros del 'comado Otazua' por atentar contra un escolta

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Condenados a 31 años los miembros del 'comado Otazua' por atentar contra un escolta

La sentencia declara probado que durante tres meses el comando siguió a un edil socialista, hasta que la noche del 8 de octubre de 2007 colocaron en su vehículo una bomba-lapa

13.02.12 - 15:30 -
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La Audiencia Nacional ha condenado hoy a penas de 31 años de cárcel a los miembros del 'comando Otazua' Daniel Pastor, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria por su participación el 9 de octubre de 2007 en el atentado con bomba-lapa contra un edil del PSE en el que resultó herido su escolta.
Así lo ha acordado la sección cuarta de la Sala de lo Penal de este tribunal en una sentencia notificada hoy en la que condena a cada uno de los tres acusados a 19 años de cárcel por un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa -el del escolta Gabriel Ginés- y a 12 años por uno de lesiones terroristas. Sin embargo, la Sala los absuelve de otro delito de asesinato terrorista en grado de tentativa del que venían siendo acusados ya que el concejal Juan Carlos Domingo no sufrió el atentado al encontrarse de vacaciones.
La sentencia declara probado que durante tres meses el comando realizó los seguimientos, hasta que la noche del 8 de octubre de 2007 colocaron en el vehículo que usaba el edil una bomba-lapa. Los supuestos terroristas la situaron en los bajos del coche, en la parte trasera derecha junto al depósito de gasolina -asiento que normalmente ocupaba el concejal-, mientras que Zapirain, 'Aritza', "realizaba labores de vigilancia".
El artefacto hizo explosión sobre las 13.00 horas del día siguiente cuando el escolta Gabriel Ginés Colás circulaba solo por el Barrio de la Peña, en Bilbao, ya que Domingo se encontraba de vacaciones. "Pese a la magnitud de la explosión y posterior incendio del vehículo, que quedó completamente calcinado", el escolta logró salir del coche "por su propio pie", aunque sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en la cara, cabeza, cuello, antebrazo y mano derecha, así como heridas por metralla.
Para el tribunal, presidido por la magistrada Teresa Palacios, la participación de los tres acusados en el atentado queda acreditada "por el cúmulo de elementos probatorios" analizados en la vista oral celebrada el pasado 23 de enero, así como por la declaración autoinculpatoria de Zapirain tras ser detenido en marzo de 2011. También han tenido en cuenta que en los registros efectuados en los domicilios de los acusados se intervino diverso material explosivo, bombas-lapa como la utilizada en este atentado, walkie talkies, bridas de sujeción y otra documentación que acreditan su pertenencia a ETA.
Sobre la absolución del delito de asesinato terrorista en grado de tentativa, la Sala, integrada además por los magistrados Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, consideran que resulta "difícil sostener" que los acusados siguieran con sus planes "sin comprobar la ausencia en fechas inmediatamente al atentado y en ese mismo día de su prioritario objetivo".
Durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional el pasado mes de enero los miembros del 'comando Otazua' fueron expulsados de la Sala después de que Pastor profiriera gritos de "Gora ETA" e insultos a los magistrados, además de desalojar al público que les animaba con aplausos y vítores de "Jo ta ke" ("Dale duro") y "Aupa". Por ello, la acusación popular personada en esta causa, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), se querelló contra los tres acusados por un delito de enaltecimiento del terrorismo y pidió que se identificara a los miembros del público que los animaron.
Instaló un laboratorio de explosivos en España
Asimismo, la Audiencia Nacional ha condenado al etarra Faustino Marcos Álvarez a 13 años y 4 meses de prisión por haber entrado en España con la finalidad de instalar un laboratorio de explosivos en 2009. La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, considera probado que el acusado es miembro de la organización terrorista ETA y que responsables de la organización le ordenaron pasar a España para montar un laboratorio para la fabricación de explosivos. Para ello, le entregaron un revolver calibre 38, así como dinero y diversa documentación.
El 15 de febrero de 2010, el etarra cogió en la estación de París-Austerlitz el tren Talgo con destino a Cartagena. No obstante, fue interceptado por miembros de la Policía Nacional en la estación de Portbou de Girona, donde entregó un carné a nombre de Juan Carlos Valiño. Antes las sospechas infundidas, el sospechoso fue trasladado a dependencias policiales, donde reconoció su verdadera identidad.
En el momento de su detención, el etarra llevaba 5.377 euros, el revolver, varios cartuchos, dos DNs falsos, un ordenador y varios discos externos donde se encontraron manuales sobre la fabricación de explosivos y utilización de armas editados por ETA. También se encontraron programas de encriptación informática y de hackering para el acceso a través de Internet a redes o sitios no autorizadas, censos de población y manuales de química.
Para la Audiencia Nacional, de todo ello se infiere que el acusado pertenecía a la organización terrorista ETA y que había entrado a España para instalar un laboratorio de fabricación de explosivos. Por todas estas circunstancias, le condena a ocho años de prisión por un delito de pertenencia a banda armada, a dos años y ocho meses de prisión por tenencia de armas o municiones con finalidad terrorista y a dos años y seis meses de prisión por un delito continuado de falsificación de documentos oficiales con finalidad terrorista. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
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Condenados a 31 años los miembros del 'comado Otazua' por atentar contra un escolta
Faustino Marcos Álvarez, en una imagen de 2010./ Reuters
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