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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Jueves, 9 febrero 2012

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LA RIOJA

El acusado, que deberá indemnizar a la menor en la cuantía de 30.000 euros, la sometía a tocamientos cuando se quedaban solos en la casa
05.07.09 -

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Condenado a dos años y medio el joven que abusó de su sobrina en Calahorra
Vista del exterior de la Audiencia Provincial desde el espejo de un retrovisor. / RAFAEL LAFUENTE.
La Audiencia Provincial ha impuesto una pena de dos años y medio de cárcel, por un delito continuado de abusos sexuales, al joven que durante dos años -2004 y 2005- sometió a su sobrina a diferentes tocamientos aprovechando las visitas que la menor efectuaba a casa de sus tíos, en Calahorra.
Además, el acusado indemnizará a la joven en la suma de 30.000 euros, cifra sensiblemente inferior a los 50.000 que había solicitado la acusación particular. Y es que, matiza la resolución, en el presente supuesto no se ha acreditado la existencia de un daño psicológico en la menor, «al margen de la natural angustia y ansiedad que los hechos cometidos en su persona le produjeron al comprender su significado».
La sentencia dictada, de la que ha sido ponente el magistrado Díez Roldán, considera probado que el procesado «tocó en numerosas ocasiones los senos y la vagina a la menor por encima y por debajo de la ropa» cuando ambos se quedaban solos en el domicilio del acusado.
La joven, que ahora tiene quince años, puso los hechos en conocimiento de su madre dos años más tarde, en vísperas concretamente de un viaje que la menor debía realizar a Plencia con su tío.
La Sala, que no duda de la credibilidad del relato expuesto por la víctima, considera sin embargo que no hay constancia objetiva de que los tocamientos realizados sean merecedores de una mayor sanción penal, al no haberse podido probar que concurra la agravante planteada por el representante del ministerio público.
El tribunal, tras oir el testimonio de la víctima, estima que su relato fue «veraz, rotundo y sin vacilaciones», sin que en modo alguno incurriera en contradicciones ni se retractara de lo expuesto.
Además, para verificar la veracidad de su declaración la Sala ha tenido en cuenta la pericial practicada por las psicólogas de los juzgados de Logroño, quienes después de escuchar la narración de la joven estimaron que era «coherente y probablemente creíble».
Estas dos razones, unidas al contenido de las declaraciones que la madre de la menor prestó ante el plenario, han llevado al tribunal de la Audiencia al convencimiento de que el acusado llevó a cabo los hechos expuestos, aunque éste así lo negara.
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