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POLÍTICA

Se basa en que Jarrai, Ekin y Batasuna no eran «oficialmente ilegales» cuando el ex parlamentario fue procesado
01.05.09 -

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Francia no entregará a Salaberria al juzgar que es perseguido por motivos políticos
Jon Salaberria -dcha.-, junto a Arnaldo Otegi, en la Cámara vasca, durante su etapa como parlamentario. / IGOR AIZPURU
La Justicia francesa ha negado al juez Baltasar Garzón la entrega del ex parlamentario de Batasuna Jon Salaberria Sansinea por considerar que los delitos que le imputa son de índole política y no criminal o terrorista. El reclamado fue detenido hace un año en Burdeos junto al presunto jefe del aparato político de ETA Xabier López Peña 'Thierry' de quien, supuestamente, era estrecho colaborador.
En un fallo emitido este miércoles, la Quinta Sala de Instrucción del Tribunal de Apelación de París basa su negativa en que Jarrai, Ekin y Batasuna, formaciones de las que Salaberria fue dirigente, no estaban definitivamente proscritas en España cuando se produjeron los hechos reprochados. Las actuaciones perseguidas datan del 7 de octubre de 1999 al 15 de julio de 2000 mientras que, según la documentación remitida por Madrid a París, Jarrai fue declarada ilegal por sentencia del 20 de junio de 2005, confirmada el 19 de enero de 2007; Batasuna por sentencia del 27 de junio de 2006, confirmada el 16 de enero de 2007; y Ekin por sentencia 73/07 «cuya fecha no es precisada».
El tribunal francés juzga que la participación de Salaberria en conferencias de prensa, reuniones políticas o entrevistas, antes de que esas organizaciones "hayan sido declaradas oficialmente ilegales, no puede ser considerada más que como la manifestación de opiniones políticas personales". A su juicio, estas opiniones no son constitutivas de "los elementos de imputación susceptible de caracterizar un grado de participación en una organización criminal o de terrorismo".
Los jueces de París, aunque admiten que no les corresponde valorar la realidad de los cargos obrantes contra Salaberria, recuerdan que les compete velar por que los hechos expuestos respeten las condiciones legales. En esta línea, concluyen que la ejecución de una euro-orden debe ser rechazada si está establecido que ha sido emitida «con el objetivo de perseguir o de condenar a una persona en razón, especialmente, de sus opiniones políticas».
Entregada en mano
La sentencia, entregada en persona el miércoles a Salaberria, constata además que las autoridades judiciales españolas no han aportado elementos de imputación nuevos sobre su participación en la gestión del 'impuesto revolucionario' ni diferentes a los que motivaron un fallo favorable el pasado 4 de febrero. Ese día la Sala de Instrucción aceptó la euro-orden que acusa al ex-parlamentario vasco de haber mediado en el pago de 37 millones de pesetas en divisas a ETA por parte de la empresa Azkoyen.
La reclamación denegada es consecuencia de un auto emitido el 2 de junio de 2005 por el juez Fernando Grande-Marlaska, sustituto entonces de Garzón en la Audiencia Nacional, contra Salaberria y Arnaldo Otegi, que acababan de perder su condición de aforados tras las elecciones vascas de aquella primavera. De hecho, el segundo pasó 48 horas en prisión hasta que depositó una fianza de 400.000 euros.
Salaberria, por su parte, ya había pasado a la clandestinidad para ingresar en ETA. Grande-Marlaska dictó en su contra una orden internacional de busca y captura que dio pie a la euro-orden ahora desestimada tras ser detenido en Burdeos junto a 'Thierry'. El delito de integración en organización terrorista en grado de dirigente que se le imputaba en este sumario 35/02, conocido como el de las herriko tabernas, está castigado con hasta catorce años de prisión.
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