Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |

Política

lucha antiterrorista

El atentado tuvo lugar el 17 de marzo de 2001
23.04.09 - 17:28 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
El Tribunal Supremo confirma la absolución de Olarra Guridi del asesinato de un mosso d´squadra
Imagen del etarra Juan Antonio Olarra Guridi./ Archivo
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del dirigente etarra Juan Antonio Olarra Guridi dictada por la Audiencia Nacional en el sumario por el asesinato del mosso d'esquadra Santos Santamaría, el 17 de marzo de 2001, tras estallar un coche bomba en las inmediaciones del hotel Montecarlo de Rosas (Girona).
La Sala entiende que la hipotesis de la acusacion de que Olarra recibió información, seleccionó el objetivo y dio la orden de atentar no está comprobada sino que se trata de una "mera conjetura" que impide dictar una sentencia condenatoria.
La sentencia de la Audiencia Nacional recogía que el etarra debía ser absuelto porque no ha quedado acreditado que hubiera recibido ninguna información sobre la identificación de objetivos, ni hubiera seleccionado el hotel Montecarlo, ni dado la orden de atentar contra el mismo o intervenido en la preparación y entrega del coche bomba.
Las acusaciones plantean que la sentencia no recoge si Olarra se reunió con los otros condenados por estos hechos, Aitor Olaizola Baseta y Eider Pérez Aristizábal, para elaborar posibles objetivos preparando una lista de hoteles de la Costa Brava. Sin embargo, el Supremo recuerda que según la jurisprudencia el vicio procesal se produciría si el tribunal empleara en el relato de hechos probados "términos, frases o expresiones ininteligibles, ambiguos o dubitativos que impidan conocer con certeza qué es lo que realmente ocurrió".
Para la Sala, en la sentencia de la Audiencia Nacional indica "taxativamente" que el enjuiciado no intervino en la preparación del atentado y, por tanto, "no falta claridad" en el relato de los hechos.
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS