La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas que suman un importe de 35,8 millones a las divisiones de distribución de Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa y Viesgo. El organismo presidido por Luis Berenguer castiga así lo que entiende un abuso de posición de dominio de las compañías sancionadas, que han negado información relevante sobre clientes, a la que estaban obligadas por la ley, a la sección comercializadora de la firma británica Centrica. Las empresas multadas anunciaron su propósito de recurrir la decisión.
El consejo de la CNC ha dictado cuatro resoluciones independientes. Del total de la sanción, 15,3 millones corresponden a Endesa; otros 15, a Iberdrola; Unión Fenosa se enfrenta a una multa de 5 millones, y el medio millón restante deberá abonarlo Viesgo. El legislador, recuerda Competencia, ha desarrollado a lo largo de la última década un conjunto de normas en pro de la transparencia y encaminadas a facilitar el acceso a la información sobre los consumidores a las comercializadoras independientes.
La negativa a ofrecer esa documentación, asegura la CNC, «restringe la capacidad para competir de la denunciante con las comercializadoras de los grupos denunciados». Creando así, añade, una desventaja «que precisamente el regulador había querido soslayar mediante la aprobación de la pertinente legislación sobre acceso a la información».
Además, la CNC entiende que en el caso de Endesa, de Iberdrola y de Unión Fenosa se ha cometido otra conducta abusiva, al negar a Centrica la información que, en cambio, sí dieron a las comercializadoras de sus propios grupos. Un claro ejemplo, entiende Competencia, de discriminación.
Base de datos
El argumento de la CNC se basa en el Real Decreto de 2002 por el que se creó una base de datos (denominada (SIPS) en la que consta información detallada sobre los consumidores a los que las distribuidoras llevan la electricidad. Información que debe ser accesible a los comercializadores.
Esta obligación levantó en su día ampollas entre las grandes compañías eléctricas. De hecho, la patronal que agrupa al sector, Unesa, llevó el asunto a los tribunales, donde llegó a conseguir una paralización temporal de la medida administrativa. Un freno que anuló en mayo de 2008 la Audiencia Nacional.
La liberalización del mercado abrió el camino al cambio de compañía. Surgieron entonces comercializadoras al margen de los grandes grupos. Para facilitarles el trabajo y propiciar en esta actividad la mayor competencia posible, el Ministerio de Industria dispuso en 2008 que éstas empresas y la Oficina de Cambio de Suministrador pudieran acceder sin traba alguna al SIPS.
La liberalización del mercado eléctrico español estará vigente a partir del 1 de julio, aunque los consumidores con menos de 10 kilovatios de potencia instalada -24,9 millones de clientes, el 95% del total, con un consumo del 68% de la energía eléctrica de España- podrán acogerse a la denominada tarifa de último recurso (TUR). En ésta, será el Gobierno quien fije el precio a pagar por el suministro.
Las organizaciones de consumidores CEACU y OCU alertaron ayer de que esta modalidad de tarifa podría subir el recibo de la luz. Ambas ya se han dirigido al Ministerio de Industria para protestar por haber dejado fuera a los consumidores de entre diez y quince kilovatios, en contra de lo que estaba inicialmente previsto por las autoridades del sector.