Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |

Política

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
El Supremo deja fuera de las elecciones a Askatasuna y D3M por sus vínculos con ETA
Candidatos de D3M, en una de las comparecencias públicas que han mantenido en las últimas semanas antes de abrirse el proceso judicial. / EFE
El Tribunal Supremo no sorprendió a nadie, anuló las candidaturas de Demokrazia Hiru Milioi y Askatasuna para las elecciones al Parlamento vasco y dejará por primera vez a la izquierda radical sin presencia en la Cámara de Vitoria. La 'Sala del 61' atendió los alegatos de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía e impugnó las listas porque detrás de ellas está ETA. Con esta decisión, los fieles a Batasuna se quedarán huérfanos de referencias electorales.
Las pruebas presentadas por el Ministerio Público y los letrados de la Administración fueron suficientes para los magistrados del alto tribunal, que tras cuatro días de deliberaciones acordaron la anulación de las dos candidaturas de la izquierda abertzale radical para las elecciones del 1 de marzo. Lo hicieron a través de sendas sentencias de un centenar de folios cada una firmadas como ponentes por Carlos Granados y Pedro José Yagüe.
En el caso de D3M, no tuvo la menor duda puesto que casi la totalidad de sus 84 candidatos -incluidos los suplentes- están vinculados de una u otra forma a Batasuna y hasta los promotores de la lista habían descontado que no pasaría el filtro judicial. Más ardua fue la discusión en torno a Askatasuna, el partido creado en 1998 por Herri Batasuna ante el temor de una ilegalización.
El debate sobre esta formación se prolongó hasta el filo de la noche, momento en que vencía el plazo para el pronunciamiento del tribunal. Algunos magistrados plantearon dudas sobre la pertinencia de apartar las candidaturas de la campaña electoral por la vía de la aplicación de la Ley de Partidos, dado que Askatasuna es una organización legal. En este sentido, un sector de los jueces reunidos ayer entendía que las pruebas para anular a esta formación debían ser «contundentes» y no meros indicios. Los juristas se veían en la obligación de hilvanar finamente todos sus argumentos jurídicos, los dieron a conocer minutos después de la medianoche, para evitar que un más que hipotético recurso ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo pueda acabar con una sentencia contraria a los órganos judiciales españoles, lo que supondría un tremendo varapalo al Estado de Derecho.
En esta misma línea, la 'Sala del 61' transigió el sábado con la petición de las defensas de prorrogar un día más el plazo de alegaciones al entender que podía incurrirse en una pena de indefensión para sus clientes. De ahí que los magistrados pospusieran el debate a la tarde del domingo, en vez de a la tarde del sábado como establece el procedimiento electoral.
Al final, sin embargo, se impuso la contundencia de los informes aportados por los demandantes para demostrar que las candidaturas de este partido no eran más que el reverso de una moneda compartida con D3M y lanzada por la banda terrorista ETA. La Sala del 61 consideró acreditado, tras más de seis horas de deliberaciones, que los estatutos de este partido son copia de los de Euskal Herritarrok y Batasuna; apreció que existe connivencia entre las dos candidaturas ya que casi la mitad de los candidatos de Askatasuna avalaron la constitución de la plataforma D3M, en teoría sus rivales electorales; concedió credibilidad a las conversaciones grabadas en la cárcel entre miembros del Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK) sobre la estrategia de la lista 'sucia' y la 'blanca'; amén del silencio de Askatasuna ante los atentados de ETA y su nula actividad hasta hace apenas unas semanas. También destaca que los promotores de esa formación en 1998 ya figuraron en listas de HB, EH y Batasuna y que algunos de los actuales candidatos también habían tenido relación por partidos ilegalizados en anteriores procesos.
Criba de pruebas
Los magistrados sí hicieron una criba en las pruebas aportadas por las Fuerzas de Seguridad referentes a los lazos personales entre los candidatos y el entramado de Batasuna, o la asistencia a concentraciones abertzales y la firma de manifiestos en contra del macrojuicio al entorno de la banda terrorista. Consideran que este tipo de nexos, de mera simpatía o afinidad, no sirven para probar sin lugar a dudas la vinculación de unos y otros
La suerte de estas formaciones dista de la vivida hace menos de dos años por Acción Nacionalista Vasca, cuyas listas para las municipales tuvieron un final dispar: de las 245 presentadas 133 pasaron el filtro judicial. El Alto Tribunal tampoco picó el anzuelo de las autonómicas de hace cuatro años, cuando Batasuna desarrolló por primera vez la estratagema de las dos listas, puso en liza primero las de Aukera Guztiak y después, una vez anuladas por el Supremo, dio su respaldo a las del Partido Comunista de las Tierras Vascas, una formación durmiente, de apariencia inocua, que no fue impugnada por el Gobierno ni por la Fiscalía.
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS