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Sociedad

15.01.09 -

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El caso de Ermua no es el único que, sobre ascensores y accesibilidad, resolvió el mes pasado el Supremo. El alto tribunal también se pronunció, por primera vez, sobre un caso en el que los vecinos impusieron una servidumbre a una lonja, que tuvo que ceder parte de su superficie a la comunidad para facilitar la instalación de un elevador.
El conflicto también tuvo como escenario Euskadi. Esta vez el enfrentamiento se produjo en Mutriku. Los residentes del número 4 de la plaza Txurruka decidieron instalar ascensor, pero para ello era necesario ocupar parte de la superficie de una lonja, lo que se conoce con el término jurídico de servidumbre. Le ofrecieron un acuerdo al dueño, pero éste se negó.
El juez de Primera Instancia avaló la servidumbre, al igual que hizo la Audiencia de Guipúzcoa, que fijó en 10.000 euros la indemnización que los vecinos debían pagar al propietario. Descontento con la resolución, el particular decidió recurrir al Supremo. El alto tribunal ha estudiado el caso y ha concluido que ha lugar a la ocupación de parte del local porque, al igual que en el caso de Ermua, supone «un beneficio» para el conjunto del edificio.
El pronunciamiento es importante porque las comunidades podrán incidir por vía judicial para habilitar elevadores en portales donde su colocación es difícil. Los residentes también tienen la posibilidad de recurrir a la vía administrativa, ya que la nueva Ley vasca del Suelo faculta a los ayuntamientos a expropiar directamente. Los consistorios de Bilbao, Trapagaran, San Sebastián, Rentería e Irún ya han adecuado sus normativas para ello.
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