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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Sábado, 11 febrero 2012

Política

lucha antiterrorista

Así se expresa así el magistrado español en las alegaciones que remitirá hoy a la Oficina de la Fiscalía de la Corona británica y al juez Burgess, encargado del caso
21.11.08 - 16:22 -

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El juez Velasco dice a las autoridades de Belfast que tienen potestad para entregar a De Juana
El caso De Juana sigue dando de qué hablar./ Archivo
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha recordado hoy al juez de Belfast Tom Burgess que tiene la potestad para autorizar la entrega del ex preso etarra José Ignacio de Juana Chaos en aplicación del artículo 5 del Convenio para la prevención del Terrorismo del Consejo de Europa.
Fuentes jurídicas han informado de que Velasco se expresa así en las alegaciones que remitirá hoy a la Oficina de la Fiscalía de la Corona británica y al juez Burgess en respuesta a la solicitud que estos hicieron para que aclarasen ciertos puntos de la Orden Europea de Detención y Entrega (OED) dictada cuando De Juana no compareció el pasado día 11 a declarar como imputado en la Audiencia Nacional.
El titular del Juzgado Central número 6 de este tribunal destaca que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiende a posibilitar la máxima cooperación jurídica entre los estados miembros para construir un espacio de seguridad, libertad y justicia entre todos los países miembros con las máximas garantías democráticas de sus legislaciones.
'Doble incriminación'
Las autoridades de Belfast dudan que se pueda acceder a la entrega si la pena máxima que cabe imponer a De Juana , de ser condenado por el delito de enaltecimiento del terrorismo, es de dos años de cárcel, ya que la normativa de la OED especifica que para extraditar a acusados por terrorismo se requiere que la pena sea superior a tres años.
Ante esta discrepancia, se plantea el principio de 'doble incriminación', que consiste en que existan delitos equivalentes en el país del reclamado y al que se reclama, y sobre la que el juez Burguess consideraba que no se cumplían los requisitos.
Velasco indica al juez Burgess que, pese a que entiende que no puede acceder a una extradición directa de De Juana , sí puede decidir si aplica o no la "doble incriminación", ya que la Ley que regula la OED fija que este principio "podrá supeditarse" y no que "deberá supeditarse".
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