
Imagen de Jaume Roura y Enric Stern en la Audiencia Nacional. /EFE
Discrepancias por reducir a una falta el delito de injurias
La Fiscalía general del Estado y en concreto su máximo responsable, Cándido Conde-Pumpido, estudia una queja presentada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional en contra de los "pronunciamientos inadecuados" que profirió el juez Central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, quien reprochó públicamente al fiscal Luis Barroso por reducir a una falta de desórdenes el delito de injurias a la Corona por el que venían siendo acusados 16 independentistas catalanes que, por esa decisión, resultaron finalmente absueltos.
El Fiscal general contestó a las críticas recibidas sobre este tema por parte de PP y UPyD leyendo a los diputados un escrito firmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, en el que explica los hechos y justifica la decisión de su fiscal.
Asimismo el fiscal jefe de la Audiencia Nacional denunciaba en su misiva, fechada el pasado día 3 y remitida al fiscal general, que "el Juzgado Central de lo Penal no empleó la vía legalmente establecida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) para mostrar sus discrepancias con la acusación definitiva formulada por la Fiscalía".
Durante el juicio celebrado el pasado 29 de octubre, el juez tildó de "incomprensible" la decisión del fiscal que le forzó a absolver a los acusados ya que "la Audiencia Nacional no es competente para condenar faltas, sólo delitos", reprochó el magistrado.
La decisión se produce después de que la semana pasada absolviera a 16 jóvenes por el mismo delito
Fueron condenados a 15 meses de prisión sustituibles por una multa de 30 meses con una cuota diaria de tres euros
Seis de los magistrados estiman que la actuación de los jóvenes está amparada en el derecho a la libertad de expresión
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado, por diez votos a favor y seis en contra, la condena al pago de una
multa de 2.700 euros que les fue impuesta en julio a los jóvenes independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern por quemar una foto de los Reyes en Gerona en septiembre de 2007.
Según fuentes jurídicas, el Pleno, al que han asistido 16 de los 18 magistrados de la Sala de lo Penal Audiencia Nacional (se ausentaron Clara Bayarri y José Ricardo de Prada), ha adoptado esta decisión en una reunión en la que han revisado el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria que dictó el Juzgado Central de lo Penal.
Seis de los magistrados han mostrado durante la reunión su disposición a absolver a los dos jóvenes independentistas al estimar que su actuación está amparada en el derecho a la libertad de expresión, a lo que se han opuesto los otros diez jueces que integran el Pleno, que por mayoría han ratificado que estos hechos eran constitutivos de un delito de injurias a la Corona.
En un principio el ponente de esta sentencia, de la que hoy sólo se ha conocido el fallo, iba a ser el presidente de la sección tercera, Alfonso Guevara, pero al haber votado en contra, la ponencia ha pasado a manos del presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez, por lo que Guevara emitirá un voto particular.
Absueltos otros 16 jóvenes
Esta decisión se produce después de que la pasada semana el juez central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, absolviera a 16 jóvenes que quemaron fotos de los Reyes, tras haber modificado el fiscal su acusación de un delito de injurias a la Corona a una falta de desórdenes públicos.
A juicio de la Fiscalía, esta quema, que se produjo una semana después de la de Roura y Stern, sólo fue constitutiva de un delito de desórdenes públicos porque con ello no pretendían injuriar a la Corona sino que lo hicieron en solidaridad por el enjuiciamiento de esos dos jóvenes independentistas.
Otra diferencia que vio la Fiscalía es que Roura y Stern quemaron un retrato de los reyes de grandes dimensiones durante una visita del monarca a Gerona, el 13 de septiembre de 2007, mientras que los otros 16 quemaron pequeños recortes de prensa con fotos de los Reyes en solidaridad con los dos jóvenes encausados.
Ante el cambio de criterio de la Fiscalía, Vázquez Honrubia dijo que se veía "obligado" a absolver a los 16 acusados por resultar "incomprensible" que el fiscal que, en un principio les imputaba un delito de injurias a la Corona y pedía una multa de 3.600 euros, modificara su petición y considerara que los hechos eran constitutivos de una "mera" falta de alteración del orden público.
"Agravante de disfraz"
En la sentencia confirmada hoy por el Pleno, Roura y Stern fueron condenados a
15 meses de prisión sustituibles por una multa de 30 meses con una cuota diaria de tres euros por un delito de injurias contra la Corona "con el agravante de disfraz", ya que iban con el rostro cubierto cuando quemaron la foto de los monarcas.
Fue la misma pena que se les impuso en el primer juicio contra ello, en el que el fiscal sustituyó su petición de un año y tres meses de prisión por una multa de 5.400 euros para cada uno, y que fue anulado por la Sala de lo Penal al haberles negado el juez Vázquez Honrubia un intérprete de catalán.
El juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis de Castro, fue el que juzgó por segunda vez a Roura y Stern y en su sentencia consideró que para manifestar el rechazo a la monarquía "no es necesario menospreciar y vilipendiar" a los Reyes, quemando su fotografía tras haberla colocado "deliberadamente" boca abajo.