La presentación de candidaturas, dice el Alto Tribunal, "determinaría la producción de una situación de hecho irreversible, porque la eventual sentencia estimatoria (su ilegalización) afectaría al partido político como tal, pero no a los candidatos presentados por él que hubieran resultado elegidos, que continuarían en sus cargos hasta que acabase la nueva legislatura".
En un auto notificado hoy, el Supremo considera, no obstante, desproporcionado suspender ahora las actividades de esta formación, "pues el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el año 1977 no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad" mientras se tramita el procedimiento.







