
El informe de la Comisión de la Competencia se divide en tres grandes apartados. El primero, recoge los antecedentes; el segundo, los hechos acreditados -con la inclusión de las actas de la Federación Vasco Navarra de Cajas de Ahorro, la mayor parte relativas a 1990, que demuestran la existencia de acuerdos para mantener el «'status quo' territorial»-; y el tercero, los fundamentos de derecho.
En este último capítulo, la Comisión da cuenta de las alegaciones de la BBK, la Vital, la Kutxa y Caja Navarra. Aunque en líneas generales el argumento principal de las entidades es que no ha existido nunca ningún acuerdo para repartirse el mercado, en alguna de las justificaciones puntuales se reconoce un pacto de no agresión entre ellas. En concreto, el informe señala textualmente que «se argumenta asímismo -en alusión a las representaciones de las cajas imputadas- que la colaboración y el pacto de no competencia se justifican en el marco de unos acuerdos de fusión». De esa forma, las entidades tratarían de disculpar la infracción cometida, según la Comisión.
El organismo presidido por Luis Berenger desmonta esa línea de defensa. Primero, afirma que esa alegación queda «inmediatamente desvirtuada por el hecho de que en los acuerdos intervenga Caja Navarra, a la que nadie considera involucrada» en la fusión. En segundo lugar, añade que el periodo de tiempo investigado también hecha por tierra esa postura. «Incluso si se argumenta que ante una inminente fusión resulta justificado que se coordinen los planes de expansión, para evitar solapamientos de oficinas y sucursales, tal argumento sólo podría ser aceptable si esa coordinación se practica en un corto periodo de tiempo inmediatamente anterior a la fusión, cosa que no ocurre en el presente supuesto», explica la CNC. En ese punto, recuerda que las actuaciones multadas van desde 1990 hasta 2005.
Esa no es la única ocasión en la que las cajas vasco-navarras hacen referencia directa a la existencia de un pacto de no agresión. En otro punto del informe de la Comisión, se señala que «las denunciadas alegan que al no controlar la totalidad del mercado no puede hablarse de reparto geográfico del mercado, sino en todo caso de un pacto de no competencia». Una justificación que tampoco es aceptada.
Al margen de ese reconocimiento, las entidades incluyeron en sus alegaciones, infructuosamente, otros argumentos para evitar la sanción. Entre ellos, que las conductas que se les imputaban estarían prescritas o que «de haber existido algún acuerdo contrario a la competencia, éste no habría tenido efectos en el mercado».
El Departamento de Hacienda del Gobierno vasco ha participado de una forma indirecta en este proceso. La CNC solicitó a la consejería que, a petición de la BBK y la Vital, enviara información sobre los convenios suscritos por el Ejecutivo autónomo con las entidades financieras, petición que fue satisfecha los pasados meses de febrero y marzo.






