La Comisión Europea (CE) ha enviado a España una nueva petición oficial para que sea modificada la ley de ordenación del territorio en la Comunidad Valenciana (LUV), por la supuesta incompatibilidad de algunas de sus disposiciones con la normativa comunitaria sobre contratos públicos.
Según informó la CE en un comunicado, el Ejecutivo europeo ha remitido a las autoridades españolas un dictamen motivado suplementario, segunda fase del procedimiento de infracción establecido en el artículo 226 del Tratado de la Comunidad Europea. "En ausencia de respuesta satisfactoria en dos meses, la CE podría llevar el asunto al Tribunal de Justicia", advierte la nota.
La Comisión ya dirigió una carta de emplazamiento y un dictamen motivado, en diciembre de 2005, contra la ley anterior, la LRAU (Ley Reguladora de la Actividad Urbanística) de 1994. La LRAU fue derogada por la LUV (Ley Urbanística Valenciana ), que entró en vigor el 1 de febrero de 2006.
El 4 de abril la CE envió una segunda carta de emplazamiento en la que instaba a las autoridades españolas a presentar sus observaciones sobre varias disposiciones de la LUV y sobre la forma en que esas disposiciones habían tenido en cuenta las advertencias previas acerca de la continuación de la concesión de contratos que estaban basados en la LRAU y contrarios a las directivas comunitarias sobre mercados públicos.
Bruselas consideró entonces que la nueva ley "no parece remediar las posibilidades de infracción que existían" en la normativa anterior. En particular, a la CE le preocupa "el contenido de los anuncios de licitación y los documentos contractuales para la adjudicación de los Planes de Acción Integrada (PAI)", así como "la posibilidad de aumentar el precio del contrato tras la selección del agente urbanizador", señaló el Ejecutivo comunitario en un comunicado el 4 de abril.
La Comisión "también observa que otros aspectos del procedimiento de selección de agentes urbanizadores no cumplen las directivas de la UE en materia de contratación pública". Entre ellos, mencionó "el contenido de las propuestas para iniciar un PAI, la presentación y el contenido de las ofertas, la admisión de variantes, los criterios de concesión y la posibilidad de modificar partes del contrato y/o del proyecto seleccionado después de la adjudicación del contrato".
Asimismo, reveló en abril que las autoridades españolas "no han atendido a las advertencias previas y han seguido concediendo contratos en el marco de la LRAU hasta el 1 de febrero de 2006, con la consiguiente violación de las Directivas de contratación pública de la UE".